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DOCUMENTO SOBRE SEGURIDAD Y SALUD
El documento sobre seguridad y salud viene a integrar toda la documentación que es exigible por la legislación de prevención de deriva de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y, en particular, el Plan de Prevención de Riesgos, definido por el artículo 16 de la Ley 54/2003.

La elaboración del documento sobre seguridad y salud es una responsabilidad del empresario, entendido éste en el contexto de la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales y que lo que aquí se presenta son unas recomendaciones no vinculantes que pueden ser tenidas en consideración para la elaboración del documento de cada empresa, tras adaptarlas a cada caso particular. No se sustituye, en ningún caso lo que pueda disponer la Autoridad competente, en cada circunstancia.

ITC 101/2006
Obedeciendo a la constatación, por la Administración minera, central y autonómica, de la necesidad de potenciar la integración de la prevención en la empresa, que se evidencia, en muchas ocasiones, en el cumplimiento más formal que eficiente de la normativa, la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha aprobado la ORDEN ITC/101/2006, de 23 de enero, por la que se regula el contenido mínimo y estructura del documento sobre seguridad y salud para la industria extractiva.

Texto de la ITC con comentarios y recomendaciones.

CONTENIDO MÍNIMO Y ESTRUCTURA DEL DOCUMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD
Con objeto de facilitar la tarea al usuario, las recomendaciones para dar cumplimiento al contenido mínimo y estructura del documento sobre seguridad y salud que se recogen aquí se exponen en forma de documento tipo mediante el que una empresa cualquiera debería reflejar la información sobre la gestión de la prevención de riesgos laborales que realiza.

En este desarrollo se recogen lo que el Comité de Seguridad y Relaciones Laborales de ANEFA, integrado por 20 especialistas en prevención de riesgos laborales de empresas de distintos ámbitos, entiende como contenidos mínimos.

Cada empresa que desee seguir estas recomendaciones deberá, necesariamente, adaptar los textos de cada epígrafe a su manera particular de gestionar la seguridad y salud en su explotación, cumplimentando aquello que proceda en cada caso.

El Documento sobre Seguridad y Salud deberá reflejar fielmente la realidad de la Prevención de Riesgos Laborales en la empresa.

La referencia numérica de los distintos epígrafes es la misma que la del índice de la ITC, para evitar cualquier tipo de confusión al respecto.

Los comentarios y aclaraciones se recogen en texto en cursiva naranja para facilitar una mejor comprensión por el lector.

ANEXOS
Propuesta de desarrollo de los anexos del DSS.

DOCUMENTO COMPLETO


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